Servicio de Atención al Cliente

Silbo Money dispone de un servicio especializado y autónomo de atención al cliente, (el “Servicio de Atención al Cliente” o “SAC”), encargado de proteger los derechos e intereses legítimos de los clientes en sus relaciones con la Sociedad. 

El SAC tramita las quejas y reclamaciones presentadas, directamente o mediante representación, por todas las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, siempre que estén relacionadas con sus derechos legalmente reconocidos como clientes, ya deriven de contratos, normativas de transparencia y protección de la clientela o de buenas prácticas y usos financieros, especialmente las que se basen en el principio de equidad.

El titular del SAC ha sido convenientemente designado por el Consejo de Administración de Silbo Money de conformidad con la normativa aplicable.

 

¿Cuáles son los plazos de reclamación?

Las quejas y reclamaciones serán resueltas en un plazo máximo de quince (15) días hábiles desde su recepción. Si por causas ajenas al SAC no fuera posible cumplir este plazo, se enviará una respuesta provisional, explicando los motivos del retraso y estableciendo un nuevo plazo, que no podrá superar un (1) mes desde la fecha de presentación.

 

¿Cómo puedes presentar tu reclamación?

Antes de acudir al SAC, es necesario haber contactado previamente con Silbo Money a través de alguno de los canales disponibles en esta sección: defensa-cliente, correo postal o correo electrónico.

Por email

Puedes dirigirte al correo electrónico
defensa.cliente@silbo.money

Por carta

Escríbenos a Silbo Money EDE S.L.
Avda. República Argentina, 25, pl. 9
41011 Sevilla

En nuestra oficina

Estamos a tu disposición
para lo que necesites aquí

¿Qué datos tengo que incluir?

La información que obligatoriamente deberá incorporar la queja o reclamación elevada al SAC es la siguiente (en caso contrario, la queja o reclamación puede no ser admitida a trámite):

  • Nombre y apellidos o razón social, domicilio del cliente y, en su caso, de la persona que lo represente, junto con la acreditación de dicha representación; y copia del DNI, pasaporte o NIE;
  • Motivo de la queja o reclamación, especificando claramente cuáles son las cuestiones sobre las que se solicita un pronunciamiento;
  • Departamento o servicio donde se hubieran producido los hechos objeto de la queja o reclamación;
  • Que el cliente no tiene conocimiento de que la materia objeto de la queja o reclamación está siendo sustanciada a través de un procedimiento administrativo, arbitral o judicial;
  • Lugar, fecha y firma.


Además, el cliente deberá aportar las pruebas documentales que obren en su poder y en las que se fundamente su queja o reclamación.

Para mayor información sobre la tramitación de quejas y reclamaciones Silbo Money pone a disposición de los clientes su Reglamento para la defensa del cliente de la Sociedad, que se puede encontrar aquí: Reglamento del SAC.

 

¿Y si no estás conforme con la resolución?

Si no recibes respuesta en los plazos indicados, o si esta no resulta satisfactoria, puedes dirigirte al:

  • Servicios de pago y dinero electrónico: cuando no obtenga respuesta en el plazo previsto en el Reglamento o cuando no se estime su pretensión, puede dirigirse al servicio de reclamaciones del Banco de España
  • mediante correo postal:
    Banco de España, Departamento de Conducta de Entidades,
    Calle Alcalá, 48, 28014 Madrid.

 
Antes de recurrir a estos Servicios de Reclamaciones, la normativa exige que el cliente justifique haber acudido previamente al SAC de Silbo Money.

 

¿Tienes más dudas?

Recuerda que disponemos de un apartado de Ayuda donde podrás encontrar respuesta a las preguntas más frecuentes sobre Silbo. En caso de que tu duda no sea resuelta con estas opciones, también nos puedes contactar cumplimentando el siguiente formulario de contacto.

 


Normativa de transparencia y protección de los clientes de servicios financieros

1. Normativa General de Protección de los Consumidores y condiciones de contratación:

  • Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
  • Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.


2. Normativa general sobre protección de la clientela de servicios de pago y dinero electrónico:

  • Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, sobre servicios de pago en el mercado interior y por la que se modifican las Directivas 2002/65/CE, 2009/110/CE y 2013/36/UE y el Reglamento (UE) nº 1093/2010 y se deroga la Directiva 2007/64/CE.
  • Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
  • Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico.
  • Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.
  • Orden EHA/1608/2010, de 14 de junio, sobre transparencia de las condiciones y requisitos de información aplicables a los servicios de pago.
  • Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
  • Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.
  • Reglamento Delegado (UE) 2018/389 de la Comisión, de 27 de noviembre de 2017, por el que se complementa la Directiva (UE) 2015/2366 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las normas técnicas de regulación para la autenticación reforzada de clientes y unos estándares de comunicación abiertos comunes y seguros.


3. Servicio de atención al cliente y defensor del cliente:

  • Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre Departamentos y Servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.
  • Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
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